LAS PERSONAS NATURALES DEBEN DECLARAR AL SRI EN MARZO
Este mes de marzo, todos los contribuyentes que pertenecen al régimen general deben realizar la declaración del impuesto a la renta. Este proceso se ejecuta revisando el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) para conocer el día asignado. Por ejemplo: el dígito 1 el 10 de marzo, el 2 el 12 de marzo, el 3 el 14 de marzo, el 4 el 16 de marzo, el 5 el 18 de marzo, el 6 el 20 de marzo, el 7 el 22 de marzo, el 8 el 24 de marzo, el 9 el 26 de marzo y el dígito 0 el 28 de marzo. Cabe mencionar que si la fecha cae un fin de semana o feriado, se traslada al siguiente día hábil, señaló Alexandra Moreano, contadora.
Moreno explicó que en caso de no realizar este proceso el contribuyente tendrá una sanción pecuniaria. Es decir que la persona natural, no obligada a llevar contabilidad, pagará $30, mientras que quien está obligado a llevarla cancelará $45.
Los expertos recomiendan ejecutar este proceso con tiempo para evitar que la plataforma se congestione. Esto debido a que muchas personas esperan hasta el último momento para realizar las gestiones y saturan el sistema del Servicio de Rentas Internas.
La base impuesta para este año es de $12.208, lo que quiere decir que las personas naturales que hayan generado esta cantidad dentro de 12 meses deben realizar este proceso. No obstante, las personas jurídicas deben declarar durante el mes de abril.