SEGÚN LA ASAMBLEA, APROXIMADAMENTE 1 MILLÓN 200 MIL ARMAS ILEGALES CIRCULAN EN EL PAÍS
El segundo debate de esta ley se realizó la tarde de este miércoles 14 de agosto en que el legislador Xavier Jurado, ponente del informe y miembro de la comisión de Seguridad, mencionó que para la lucha contra las armas ilegales que aterrorizan al Ecuador, se requería una normativa que respalde a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Según él aproximadamente 1 millón 200 mil armas ilegales circulan por las calles del país.
Taipe coincide que con esta normativa, Ecuador formará parte de organismos internacionales en materia de control de sustancias químicas, biológicas, así como municiones y armas de todo tipo, tal como las armas menos letales y eléctricas, sobre las que no existía regulación.
Las personas naturales podrán tener y portar el arma de uso civil para defensa personal con los siguientes requisitos:
- Cumplir al menos 25 años de edad
- Certificado psicológico forense; de evaluación psiquiátrica, y de análisis toxicológico emitida por un profesional de la Red Privada Complementaria o por el Ministerio de Salud Pública
- Certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa Nacional, se excluye a los deportistas de esta disposición
- No haber sido sentenciado con sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito
- No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar
- Los demás que establezca el Reglamento general de esta Ley.