SE PROHÍBE RETENER Y CHATARRIZAR MOTOS ELÉCTRICAS EN SANTO DOMINGO

La decisión judicial se mantendrá vigente hasta que el Municipio promulgue una ordenanza que regule de manera clara y adecuada la circulación de estos vehículos. El asesor jurídico Marcelo Rivera indicó que, hasta entonces, el respeto a esta disposición es obligatoria.
El juez Santillán también fue claro en que, si el Municipio o la Empresa Pública ya han retenido vehículos como motos eléctricas, scooters o tricimotos, estos deben ser devueltos de forma inmediata a sus propietarios. Los dueños deberán presentar documentos que acrediten la propiedad, como títulos, facturas o recibos de compra. Además, el fallo establece que no se podrá cobrar ningún valor económico en concepto de garaje o multas.
Para garantizar el cumplimiento de esta resolución, el juez dispuso que la Defensoría del Pueblo de Santo Domingo de los Tsáchilas realice un seguimiento riguroso del fallo, lo cual representa un paso importante en la búsqueda de soluciones legales, al mismo tiempo que protege a los ciudadanos de posibles abusos. Cabe señalar que hasta el momento no hay un censo oficial para conocer qué porcentaje de la población utiliza motos eléctricas o scooters para movilizarse en Santo Domingo.