
Tras el feriado del 24 de mayo y el inicio de una nueva semana laboral reducida, los ecuatorianos se preparan para junio de 2026, un mes importante en materia tributaria debido a trámites relacionados con el Servicio de Rentas Internas (SRI), como la actualización de la proyección de gastos personales y la declaración mensual del IVA.
Hasta el próximo 30 de junio, los contribuyentes podrán modificar o presentar la proyección de gastos personales correspondiente a 2026, información que será considerada posteriormente para el cálculo del Impuesto a la Renta (IR). Este tributo aplica para trabajadores en relación de dependencia y personas que ejercen actividades independientes, siempre que perciban ingresos mensuales iguales o superiores a USD 1.017,30.
Dentro del formulario de proyección, los ciudadanos deben incluir los gastos estimados del año en categorías como vivienda, alimentación, salud, educación, turismo, vestimenta y cuidado de mascotas. Quienes no hayan realizado este proceso en febrero aún podrán hacerlo antes de finalizar junio.
No cumplir con este trámite puede generar una mayor retención mensual de Impuesto a la Renta por parte del empleador, debido a que no existiría información suficiente para aplicar las rebajas tributarias permitidas por la normativa vigente.
Por otro lado, junio también marca cambios en la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para quienes prestan servicios profesionales gravados con tarifa del 15 %. Desde el 1 de junio de 2026, la declaración únicamente será considerada válida cuando se presente junto con el pago total del impuesto correspondiente, según una disposición emitida por el SRI en abril pasado.
La declaración del IVA debe realizarse mensualmente por personas naturales y jurídicas, siguiendo el cronograma definido por el noveno dígito del RUC. No obstante, ciertos contribuyentes, como quienes forman parte del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe), pueden cumplir esta obligación de manera semestral.