CALENDARIO TRIBUTARIO 2024
Este es el calendario tributario de 2024 con el detalle de las fechas en que personas naturales y negocios del Régimen Simplificado Para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) deben declarar sus impuestos. Hasta enero: deberá presentar el formulario de proyección de gastos personales, realizar la declaración semestral de IVA por servicios gravados con 0% (como servicios de arriendo). Además, comienza la condonación o amnistía tributaria. Esto estará vigente hasta mayo de 2024.
En febrero: Presentación del anexo de gastos personales de 2023, según el noveno dígito de la cédula.
Estos dos meses, aplican netamente para las personas en relación de dependencia cuyo salario sea superior a los 991 dólares.
En marzo: Declaración del Impuesto a la Renta de 2023, según el noveno dígito del RUC para personas naturales y la Declaración del Impuesto a la Renta de 2023, también según el noveno dígito del RUC, para contribuyentes Rimpe segmento Emprendedor-persona natural.
Mientras que en abril, será la Declaración del Impuesto a la Renta de 2023, según el noveno dígito del RUC, para contribuyentes Rimpe segmento Emprendedor-empresa.
Y en mayo, la Declaración del Impuesto a la Renta de 2023, según el noveno dígito del RUC, para contribuyentes Rimpe segmento Negocio popular – persona natural además de la Declaración patrimonial para quienes tengan patrimonios que superen las 20 fracciones básicas.
En julio, Declaración semestral de IVA por servicios gravados con 0% de IVA.
Mientras que de enero a diciembre, se debe cumplir mensualmente con la Declaración mensual del IVA para personas que prestan servicios profesionales con tarifa 12%.
El calendario tributario también prevé cambios para 2024 por las medidas incluidas en la reforma tributaria que presentó el presidente Daniel Noboa, denominada Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo. Sin embargo, algunas todavía no tienen una fecha precisa de 2024 para entrar en vigencia, pues se requiere el reglamento de la ley o la emisión de resoluciones del SRI, como las autorretenciones en las empresas consideradas grandes contribuyentes, la devolución del IVA por la compra de bienes y servicios para la construcción de viviendas y proyectos inmobiliarios y las condonaciones de deudas vehiculares y con gobiernos locales, pues hace falta que las entidades a cargo de los cobros emitan resoluciones.